A principios del año político 2025, el gobierno español propuso una ley orgánica para la protección de los menores en el entorno digital. Esta medida responde a la creciente preocupación de la opinión pública: el acceso al primer teléfono móvil se produce entre los diez o doce años, y la exposición a contenidos nocivos, como violencia, desafíos peligrosos o ciberacoso, ya es habitual.
Diversos estudios muestran que el consumo de pornografía ha aumentado significativamente y vinculan el uso intensivo de pantallas con cambios en la salud mental y un bajo rendimiento académico.
Una capa de protección
El núcleo más visible e innovador de la ley es el régimen de obligaciones para los fabricantes de dispositivos: teléfonos, tabletas, ordenadores, consolas o televisores inteligentes. Estas medidas pretenden introducir en la propia arquitectura tecnológica una capa mínima de protección que complemente la responsabilidad familiar.

Desarrollo propio.
El proyecto de ley tiene algunos puntos controvertidos:
En primer lugar, se han incrementado las obligaciones de información: los fabricantes deben incluir, en los envases o en la documentación, advertencias claras sobre los riesgos para los menores. Entre otros aspectos, se debe especificar la duración de uso recomendada por edad, la disponibilidad y configuración de los controles parentales y los efectos del uso prolongado sobre el desarrollo cognitivo y emocional, incluido el descanso nocturno.
En segundo lugar, requiere la incorporación nativa de controles parentales. Todos los dispositivos deben estar equipados con un sistema que se activa por defecto en la configuración inicial. Este diseño pretende garantizar un mínimo universal de protección, de modo que –independientemente del nivel de alfabetización digital de cada familia– cada nuevo dispositivo tenga una barrera inicial que puedan configurar los adultos.
En tercer lugar, el texto prohíbe a los menores acceder a mecanismos de recompensa aleatorios en los videojuegos, las conocidas "loot boxes", por su efecto potencialmente adictivo y su similitud con los juegos de azar. Además, por debajo de cierto umbral de edad, se requiere el consentimiento de los padres para abrir una cuenta.
¿Qué dicen los fabricantes?
La tramitación parlamentaria en curso de la nueva norma ha abierto un intenso debate. AMETIĆ, una de las asociaciones de empresarios y productores del sector digital, presentó varias propuestas de enmienda a los grupos parlamentarios. Su argumento central es que imponer obligaciones técnicas y de etiquetado exclusivamente en España fragmentaría el mercado interior europeo, obligando a rediseñar los dispositivos para un solo país y aumentando los costes de producción.
Como alternativa, AMETIC propone limitar la aplicación de la ley a los teléfonos móviles, excluyendo tabletas, ordenadores y televisores. En su opinión, los tres últimos se utilizan principalmente en las zonas comunes del hogar y por tanto bajo la supervisión de adultos, mientras que el teléfono móvil es el principal vector de acceso individual fuera del hogar.
Asimismo, se propone sustituir el etiquetado físico por información digital disponible a través de un sitio web o código QR. Afirma que no existe un consenso científico sobre las recomendaciones de tiempo de uso y que un formato digital reduciría el impacto medioambiental del papel impreso.
También se opone a la activación automática de controles parentales de contenido. El empresario defiende un modelo de "oferta informada" en el que los padres deciden durante la configuración inicial si quieren activarla. Añade que las herramientas actuales no pueden filtrar universalmente todo el contenido ni descargar vectores y pueden crear una falsa sensación de seguridad.
Y, por último, en cuanto a los videojuegos, AMETIC propone levantar la prohibición de las cajas de botín para menores, afirmando que no se ha demostrado ningún vínculo causal sólido entre su uso y conductas adictivas.

Desarrollo propio.
Estas enmiendas reflejan un debate recurrente sobre la gestión de riesgos: hasta qué punto estamos dispuestos a asumir ciertos riesgos como parte inevitable de la vida cotidiana y qué medidas, como sociedad, aceptamos para prevenirlos o mitigarlos.
De hecho, por un lado, algunas observaciones de la industria son comprensibles: la coordinación con las normas europeas evita costosas islas regulatorias; la señalización digital puede ofrecer mayor flexibilidad y actualización; y es razonable reconocer las limitaciones técnicas de los filtros de contenido.
Además, no se puede ignorar que el conocimiento científico sobre los efectos del uso de pantallas sigue siendo parcial y que vivimos en un contexto de hiperregulación que a menudo complica la vida social y económica sin beneficios evidentes.
Sin embargo, limitar la ley a los teléfonos móviles ignora que las tabletas, las computadoras y los televisores también son puertas de entrada a Internet, y que el uso "compartido" no excluye el consumo solitario o nocturno. Eliminar el diseño seguro predeterminado o la información visible transferiría toda la carga de la protección a las familias, cuyas capacidades de alfabetización digital y monitoreo son desiguales: muchos hogares no lo configurarían debido a la falta de conocimiento o al exceso de confianza.
Y en cuanto a las cajas de botín, aunque el debate científico sigue abierto, hay signos de riesgo y una correlación positiva con el juego problemático.
Utilice el principio de precaución
De momento, el principio de precaución, reconocido tanto en el derecho europeo como en el español, ofrece un posible equilibrio: autoriza a los poderes públicos a adoptar medidas preventivas cuando existan posibles riesgos, incluso en ausencia de consenso científico.
Sin embargo, su aplicación debe ser proporcionada y sujeta a revisión periódica, a fin de evitar usos estratégicos o indebidos para evitar responsabilidades futuras, como ocurrió en España en algunas crisis pasadas.
Al mismo tiempo, en aras de una distribución justa de beneficios y cargas, se podría considerar la posibilidad de compensar a las empresas afectadas cuando sufran sacrificios económicos desproporcionados.
Por tanto, establecer un mínimo de obligaciones -información visible, controles parentales activados, verificación de edad y límites a las recompensas aleatorias- no frena la innovación: la orienta hacia el bien común. Prevenir daños no es paternalismo, sino razón al servicio de la dignidad humana y la protección de los menores.
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