
Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) derogó las disposiciones que criminalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo al interior de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, declarándolas inconstitucionales. La decisión permite al personal militar y policial mantener relaciones entre personas del mismo sexo sin riesgo de sanciones disciplinarias.
En Sentencia TC/1225/25, la Corte anuló el artículo 210 de la Ley 285, que reglamenta la Ley del Poder Judicial de la Policía Nacional, y el artículo 260 de la Ley 3483, que forma parte del Código Judicial de las Fuerzas Armadas. Los jueces determinaron que estas disposiciones violaban el principio de razonabilidad e imponían una discriminación injustificada contra personas homosexuales.
Los artículos ahora derogados definían la "sodomía" como las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo e imponían una pena de prisión de seis meses a un año cuando las cometía un oficial.
0 Comentarios