Querida Liz: Uso mi primer nombre, apellido de soltera y apellido casado como mi nombre legal. Justo antes de casarnos hace 46 años, le dije a mi futuro esposo que no quería tomar su apellido. Perdí ese argumento. Si pasa delante de mí, quiero dejar su apellido. Sé que necesitaría cambiar mi tarjeta de Seguro Social, pero ¿necesitaría cambiar todo lo demás como la acción de mi casa?
Respuesta: Sí. Siempre que cambie su nombre, puede esperar un montículo de papeleo. Comenzará cambiando el nombre en sus tarjetas de identificación, incluida la seguridad social, su licencia de conducir y su pasaporte. Asegúrese de notificar al Seguro Social antes de presentar su declaración de impuestos, ya que el IRS utiliza registros de Seguro Social para verificar su identidad.
Después de actualizar sus ID, cambiará el nombre en otros documentos, como registros de votantes, escrituras de propiedad, el servicio postal de los Estados Unidos, bancos, compañías de seguros, servicios públicos, etc.
Cuando se casó, su certificado de matrimonio y sus tarjetas de identificación anteriores probablemente eran todo lo que necesitaba para actualizar las identificaciones. Si se haya divorciado, podría haber incluido el cambio de nombre como parte del papeleo para ayudar a cambiar sus tarjetas de identificación. En otras situaciones, generalmente necesita obtener una orden judicial para cambiar legalmente su nombre. Las tarifas de presentación dependen de dónde vive. En California, por ejemplo, puede esperar pagar entre $ 435 y $ 450 y el proceso generalmente lleva dos o tres meses.
Querida Liz: Quiero solicitar un beneficio basado en el Seguro Social de mi cónyuge, pero ¿cuánto tiempo tenemos que haber estado casados? No era elegible hasta que la Ley de Justicia del Seguro Social cambió las reglas. Hemos estado casados durante cuatro años en mayo. No recibo beneficios del Seguro Social ya que trabajé durante más de 30 años para el gobierno y no tengo suficientes créditos para calificar en función de mis ganancias.
Respuesta: Por lo general, debe estar casado por "un año continuo" antes de solicitar un beneficio conyugal, según la Administración del Seguro Social.
Si se haya divorciado, las reglas serían diferentes. Los beneficios conyugales divorciados requieren que el matrimonio haya durado al menos 10 años, y dos años deben haber pasado desde el divorcio.
Para aquellos que no saben, la Ley de Educación del Seguro Social derogó la provisión de eliminación de ganancias inesperadas y la compensación de pensiones del gobierno que redujo o eliminó los beneficios del Seguro Social para las personas que recibieron pensiones de trabajos que no pagaron en el Seguro Social.
La Administración del Seguro Social dice que la mayoría de las personas afectadas verán sus pagos ajustados a partir de abril. Aquellos que nunca solicitaron el Seguro Social debido a las viejas reglas pueden hacerlo ahora.
Querida Liz: Tengo 74 años y mi esposo tiene 68 años. Hemos decidido vender nuestra última casa y alquilar. ¿Tenemos que pagar impuestos, específicamente las ganancias de capital, en la venta de nuestra última casa o podemos mantener los ingresos de la venta en su totalidad?
Respuesta: Cualquier venta de vivienda está potencialmente sujeta a impuestos sobre ganancias de capital. Su ganancia se determina restando su base de impuestos, el precio que pagó por la casa, además de cualquier mejora de calificación, de los ingresos de ventas netas. Si poseía y vivía en la casa como su residencia principal durante al menos dos de los cinco años anteriores, puede excluir hasta $ 250,000 (o $ 500,000 si se casó con la presentación conjunta) de las ganancias de venta de viviendas. Debería impuestos sobre las ganancias de capital que exceden esos límites.
Una ganancia de capital lo suficiente podría afectar cuánto paga por Medicare. El "monto de ajuste relacionado con los ingresos", o IRMAA, se basa en sus ingresos dos años antes, por lo que una gran ganancia en 2025 podría aumentar sus primas en 2027.
Sería inteligente hablar con un profesional fiscal antes de vender para que comprenda las ramificaciones.
Liz Weston, Certified Financial Planner®, es columnista de finanzas personales. Se pueden enviar preguntas a 3940 Laurel Canyon, No. 238, Studio City, CA 91604, o utilizando el formulario de "contacto" en .
0 Comentarios